ARTÍCULO 19: Los españoles tienen derecho a elegir libremente su residencia y a circular por el territorio nacional.
ARTÍCULO 20: Los españoles tienen derecho a expresar y difundir libremente los pensamientos, ideas y opiniones mediante la palabra, el escrito o cualquier otro medio de reproducción.
ARTÍCULO 21: Se reconoce el derecho de reunión pacífica y sin armas. El ejercicio de este derecho no necesitará autorización previa.
ARTÍCULO 27: Todos tienen el derecho a la educación. Se reconoce la libertad de
enseñanza.
ARTÍCULO 35: Todos los españoles tienen el deber de trabajar y el derecho al
trabajo, a la libre elección de profesión u oficio, a la promoción a través del
trabajo y a una remuneración suficiente para satisfacer sus necesidades y las de su
familia, sin que en ningún caso pueda hacerse discriminación por razón de sexo.
ARTÍCULO 43: Se reconoce el derecho a la protección de la salud.
No hay comentarios:
Publicar un comentario